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La captura e inmediata entrega “express” del investigado por narcotráfico y lavado de dinero Sebastián Marset ha generado una cadena de repercusiones y especulaciones de todo tipo, tanto en lo político como en lo jurídico. Van las mías desde principalmente esta última ciencia, aunque, cabe recordarlo, pues muchos lo olvidan o ignoran, el Derecho hace también a lo político. Son inseparables y así debe constar en obrados.
No cabe duda de que, a la vista del “Shield of the Americas” de hace unas semanas, el Gobierno boliviano se anotó un golazo desde media cancha; más aún cuando el operativo se saldó sin víctimas en ningún bando, daños emergentes (Ej.: México, con El Mencho, etc.).
No obstante, si como se ha dicho la “captura” (pues no puede hablarse técnicamente de detención, ni siquiera de aprehensión) se habría producido el viernes 13 a las 3:10, cabe considerar que el CPP (art. 180) no permite el ingreso (allanamiento) a ningún domicilio entre las 19:00 y las 7:00, salvo delito flagrante y siempre con orden fundada de un juez: ¿Estábamos en el caso ante un delito flagrante? Es decir, cuando el autor del hecho es sorprendido en el momento de intentarlo, de cometerlo o inmediatamente después mientras es perseguido. ¿Hubo algún juez que emitió ese mandamiento y el operativo fue ejecutado liderado por algún fiscal como garante de legalidad y titular de la acción penal pública? No.
Lo que nos lleva a algo de por sí muy pero muy sintomático: ¿Por qué le hicieron la vueltita al Fiscal General del Estado? ¿Cómo es que en tanto esa autoridad es el CEO del Ministerio Público, encargado de la persecución penal y titular de la acción penal pública, no se le participó para que envíe a sus fiscales especializados en el que probablemente sea el más importante operativo en lo que va del siglo? Sus organizadores le dejaron en evidente “off side” (y sin necesidad de VAR) revelando algo sumamente preocupante: no le tienen nadita de confianza. ¿Y quiénes decidieron tamaña “visteada”? No es el Gobierno, como se dijo, sino la mismísima DEA, pues a esta altura del partido fuera de ignorancia supina omitir que el famoso operativo fue, mínimo, producto de lo acordado hace unas semanas en Miami y dirigido por el DT: la DEA, ejecutado por la Policía Boliviana a partir del “know how” de aquella. ¿Qué sabrá la DEA para no haber incluido en la alineación titular al FGE, no?
Se ha dicho también que la entrega fue una “express” de naturaleza administrativa, pues quedó en extrema evidencia que ni por la tapa puede hablarse de un procedimiento de extradición, que es el mecanismo regular para esas entregas. No obstante, una simple revisión de la Ley No. 370 de Migración (2013), en sus arts. 37 y sgtes, condiciona la expulsión de un ciudadano extranjero como no podía ser por orden constitucional y convencional al debido proceso, que en el caso se trata de la “previa substanciación de un proceso administrativo” y procede (lo que más se aproxima al caso concreto) cuando el expulsado fue condenado (sentencia ejecutoriada) por –entre otros– tráfico de armas, substancias controladas o lavado de dinero. En el caso concreto, nada de eso sucedió, al menos por el momento. Entonces, naranjas de “entrega express” o algo parecido. La ley no contempla esa situación.
Lo que me lleva a que se trató de una decisión enteramente política, con base a una “captura” ilegal y sin que medie el debido proceso, que, por si acaso, se aplica a todas las personas, incluyendo al susodicho. Nos caiga bien o mal el sujeto, sea lo que sea y/o se le acuse de lo que sea, esa madre de todas las garantías debe aplicarse a todos y en todos los casos.
¿Servirá alegar todo eso ante la Corte Federal de Alexandría, donde fue presentado? Su defensa lo decidirá; aunque es obvio que tiene muchas cosas mucho más graves para preocuparse y defender.
¿Estará cantando Marset ante la Fiscalía Federal norteamericana? Eso dicen. El estado del arte del derecho procesal norteamericano en sede federal enseña que una parte sumamente importante de sus litigios se resuelven por la vía del Plea Bargaining (una suerte de procedimiento abreviado boliviano), lo que implica una negociación entre la defensa y la acusación. En el caso, el acusado porta información sumamente valiosa que es de interés no solamente de esa Fiscalía, sino de otras instancias más poderosas y superiores, peor en el escenario recién abierto en la región. ¿Se interesarán en quienes le encubrieron en Bolivia? Pues es hasta de sentido común que para haber sobrevivido tantos años aquí, eso era materialmente imposible sin el padrinazgo –que no es gratis– de altos cargos del poder. ¿Cuántos estarán miccionando delgadito con el espinazo congelado por estos lares? Amanecerá y veremos, con Lucano habrá que recordar que: “El crimen hace iguales a todos los contaminados por él”.



