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Óscar del Brutto indica que las leyes de los países civilizados protegen a los gerentes de las compañías y crean incentivos para que puedan realizar su trabajo, puesto que así se facilita la generación de riqueza.

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Por: Oscar del Brutto1

Cuando pensamos en el gerente de una compañía, ponemos en nuestra cabeza la imagen de un hombre detestable, con un traje elegante, que llega a su lujosa oficina a las once de la mañana, se toma un par de whiskies y luego pasa el resto del día en un campo de golf mientras sus empleados trabajan para él. Pero lo cierto es que ese es Montgomery Burns de la serie Los Simpsons y no una persona de carne y hueso.

En el mundo real, los gerentes de las compañías –al menos de esas compañías que operan libremente en el mercado– son personas que trabajan incansablemente, viven en medio de una feroz competencia, lidian con riesgos que se presentan por todas partes, siempre están al borde de la quiebra y deben manejar niveles obscenos de estrés. Y ocurre que esas personas llevan a cabo una labor que es especialmente importante para la sociedad. De forma directa, porque son quienes dirigen el proceso de la producción de los bienes y servicios que hacen nuestra vida más agradable y segura. Y, de forma indirecta, porque a través de ese proceso generan empleo y crean la riqueza sobre la que el Gobierno puede tributar.

Las leyes de los países civilizados protegen a los gerentes de las compañías y crean incentivos para que puedan realizar su trabajo. En EE.UU., por ejemplo, las leyes protegen a los gerentes a través de reglas como el velo societario –que impide que el gerente sea personalmente responsable por las deudas de la compañía–, la business judgment rule –que prohíbe a un juez imponer responsabilidad por las decisiones de negocios que, de buena fe, toman los gerentes–, y la posibilidad de que las compañías establezcan en sus estatutos cláusulas que limiten la responsabilidad de los gerentes frente a los accionistas y obliguen a la compañía a costear eventuales procesos judiciales que se les sigan.

Pero en el Ecuador vamos en sentido contrario. Las leyes de nuestro país parecen diseñadas sobre la premisa de que los gerentes de las compañías son enemigos a los que hay que atacar y destruir.

Hay varias disposiciones legales que imponen responsabilidad personal a los gerentes por las deudas de las compañías. El Código del Trabajo permite a un trabajador demandar al gerente por el pago de las obligaciones patronales de la compañía. Además, la business judgment rule solo está establecida a medias y no se permite limitar la responsabilidad del gerente. La Ley de Compañías se refiere a la aplicación de la business judgment rule solo si la decisión se adoptó “con información suficiente”, pero no dice en qué consiste eso y, además, establece que son nulas las cláusulas estatutarias que limitan la responsabilidad a los gerentes.

Si queremos que se produzcan bienes y servicios, que se cree empleo y que se aumente la recaudación tributaria, tenemos que proteger a las personas que generan riqueza. Un paso en esa dirección es eliminar la responsabilidad personal, definir el requisito de información adecuada para la business judgment rule y permitir cláusulas estatutarias que limiten la responsabilidad de los gerentes.

1Obtuvo su Máster en Derecho de la Universidad de Pennsylvania y es profesor de Derecho Corporativo en la Universidad de Especialidades Espíritu Santo (Guayaquil, Ecuador).

*Se publica el artículo por las grandes similitudes con la realidad boliviana y debe ser un tema para reflexionar en nuestra sociedad.

*Este artículo fue publicado originalmente elcato.org el 01 de diciembre de 2021.

*La opinión expresada en este artículo es responsabilidad exclusiva del autor y no representa necesariamente la posición oficial de Publico.bo


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