OpiniónEconomía

PRECIO Y VALOR, CUESTIÓN DE PRIORIDADES EN TIEMPOS DE INFLACIÓN

Carlos Hugo Barbery Alpire

Economista DAEN. Certified Pricing Professional (CPP).

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“…cuando busquemos el valor de las cosas no nos dejemos tentar por su precio, el oro es costoso pero podemos vivir sin él, mientras que el agua tiene un precio muy bajo pero no podemos vivir sin ella…” fue la parte sobresaliente del mensaje del jueves 4 de julio, los que todos los días a las 6.00 am recibo de mi dilecto amigo Walter Aranibar.

Inmediatamente mi obsesión por los precios empezó a reflexionar sobre tan inmejorable analogía y es que el precio de la onza troy de oro se cotiza actualmente en $us2.371.- es decir unos $us73,23.- el gramo, en términos equivalentes, acorde a unconsumo medio de agua potable resulta 1m3 por $us0,52.- o $us1.- por una botella de 300cc de agua tratada. Consecuentemente, para llevar a una misma unidad de medida, un gramo de oro es equivalente a 142,56 millones de gramos de agua potable o 21,97 miles de gramos de agua tratada en botella.

Por lo tanto, dependerá de las prioridades del consumidor el relacionar precio y valor, pero muy especialmente cuando de cambios en el nivel de ingresos se refiere, y es que éstos pueden ocurrir de dos maneras: a) Por reducción de ingresos nominales en un escenario de estabilidad de precios o, b) Por estabilidad de ingresos nominales en escenarios de inflación, y aquí asentamos todo ello en un concepto venido a menos por su apego teórico como es la elasticidad ingreso, pero que bien aplicado puede ayudar a entender mejor qué puede estar pasando en el portafolio de productos o servicios que ofrece una empresa.

La elasticidad ingreso no es otra cosa que el cociente entre los cambios porcentuales de las unidades vendidas (∆%Q) y el cambio porcentual en el ingreso del consumidor (∆%R) y cuyo resultante, si es negativo son bienes o servicios inferiores y si es positivo son bienes normales, con dos variantes: a) Si es > 1 son bienes de lujo y, b) Entre 0 y 1 son bienes de necesidadprioritaria.

En un ejemplo: Asumamos un ingreso de Bs1.000.- para dos grupos de bienes o servicios, X=alimentación con un precio nominal de Bs10.- e Y=diversión con un precio nominal de Bs20.- y que la propensión al consumo de X=70% e Y=30% con lo cual la combinación de indiferencia para la restricción presupuestaria serían 70 unidades de “X” y 15 unidades de “Y”.

Si se verifica el reporte de inflación del mes de junio del INE, se comprueba que la inflación a 12 meses del rubro de alimentos es de 6.64% mientras que de bebidas alcohólicas y tabaco es de 1.79%, es decir que los alimentos suelen ser más “inflacionarios” que otro tipo de bienes. Entonces para continuar con el ejemplo, suponer que se mantiene el ingreso (Bs1.000.-) y que la inflación de alimentación (Bien “X”) es de 10% y de diversión (Bien “Y”) es 5% y que; no puede haber una reducción de ingesta de alimentos, en consecuencia para seguir consumiendo las 70 unidades de alimentación ahora se requerirán Bs770.- y que con los restantes Bs230.- ahora solo podrán comprarse 10,95 unidades de diversión, dando como resultado que el poder adquisitivo del consumidor se redujo en -8.5% ya que para poder comprar la misma cantidad de ambos bienes, requiere Bs1.085.-

En definitiva, las unidades de diversión se redujeron de 15 a 10,95 (-27%) mientras que el ingreso del consumidor destinado a diversión se redujo de Bs300.- a Bs230.- (-23.3%) y si se trasladan estos cambios al concepto de elasticidad ingreso, entonces: ∆%Q=-27% / ∆%R=-23.3% dando como resultado 1.15 lo cual significa que la diversión se ha convertido en un bien de lujo respecto a la alimentación derivado de los cambios en los precios (inflación) ante un mismo ingreso nominal del consumidor. (Ver gráfico ilustrativo).

Con este breve ejemplo es posible que se comprenda un poco mejor porqué en un portafolio de productos o servicios habrán aquellos que, aún sin incrementar el precio nominal se experimenta una reducción importante de las unidades vendidas, más aún si acaso se haya incrementado. Por consiguiente, la recomendación es analizar de qué manera alinear la oferta a la nueva realidad del consumidor, en vez de incrementar losprecios a la nueva realidad de los costos, recuerde el principio de imputación de Menger, los precios definen costos y no al revés, por lo que es la oferta que se debe ajustar a la demanda, recuerde que se denomina demanda, precisamente porque “es la que manda”.


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Carlos Hugo Barbery Alpire

Economista DAEN. Certified Pricing Professional (CPP).

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