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Al soberano en general y especialmente al foro boliviano, no ha dejado de -favorablemente- llamar la atención las buenas señales que el Tribunal Supremo de Justicia ha comenzado a emitir en los últimos tiempos. Principalmente desde su Sala Penal -aunque ahí tiene incrustado al Capitán de los indignos auto prorrogados- en materia estricta legal, doctrinal y jurisprudencial y desde su Presidencia, con un activismo algo más político (el Derecho, por si acaso, hace también a lo político en su cabal expresión, distinguiendo obviamente, de lo partidario).
Aunque con ese deplorable enquistamiento del auto prorrogado, la Sala Penal ha venido -por fin- sentando interesante jurisprudencia en casos de alto voltaje partidario en procesos en los que varios juristas del horror -que deben estar con la cola en remojo- prostituyeron su sagrado rol de independencia y objetividad, vendiéndose al peor postor: el partido de gobierno, sea el que sea.
Recientemente a la vista del deplorable estado del arte de la detención preventiva en el “plurinashonal” (según la Defensoría, el 58,2% de los 33.275 privados de libertad en el país no tienen sentencia ejecutoriada y muchos procesos están con plazos vencidos de la medida cautelar de detención preventiva), su Presidente ha emitido el Instructivo No. 18/2025 de 23 de Agosto por el que instruye a los jueces a cargo de las causas de JEANINE AÑEZ CHAVEZ, LUIS FERNANDO CAMACHO VACA y MARCO ANTONIO PUMARI ARREAGA que en 24 horas procedan inclusive de oficio en 24 horas a realizar la verificación de su -entiendo yo, razonabilidad- y resuelvan en consecuencia, precisando elegantemente que lo instruido no constituiría intromisión a sus facultades privativas.
Pues bien, la prensa informa que los aludidos ya se han puesto manos a la obra y las audiencias respectivas se empezarán a realizar a partir de hoy cuando esta mi opinión empiece a circular. Muchos ya anticipan justas y sonadas puestas en libertad y hasta del sempiterno Defensor del Pueblo ha despertado de su acostumbrado letargo aplaudiendo y -por fin- reclamando por la multitud restante de presos sin sentencia que están en similar situación. Uno de los perjudicados PUMARI ARREAGA ha respondido acertadamente para mi gusto, espetando: “¡Sinvergüenzas!… ¿Dónde estaban cuando los inocentes eran encarcelados?”.
Desde lo jurídico, me toca hacer estas precisiones: en realidad, esa revisión de oficio no necesita ser ¿recordada? por un instructivo, pues esta taxativamente impuesta a todos los jueces por el art. 250 del CPP: “El auto que imponga una medida cautelar o la rechace es revocable o modificable, aun de oficio”; ordena esa Ley, por si acaso. Con todo, estimo saludable “recodarles” a los jueces desde nada más ni nada menos el CEO del TSJ esas sus obligaciones aunque sean obvias, incluyendo la arriesgada identificación hasta con nombres y apellidos de esos 3 presos políticos, que no son los únicos y peor de otros qué sin ser de tal naturaleza, sufren los rigores del perverso sistema de justicia penal, en el podio de los peores a nivel global (World Justice Proyect, dixit).
No deja de asombrar a los puristas del Derecho, que el instructivo confunda groseramente la Declaración Universal de DDHH de 1948 de la ONU con el Pacto de San José de Costa Rica o Convención Americana de DDHH (OEA, 1969); pero con todo, celebro que recurra al Control de Convencionalidad y les haga “recuerdo” plausiblemente de sus elementales obligaciones. ¿Recularán?… Amanecerá y veremos.
Empero más allá de esas “delikatessen” jurídicas, todos esos acontecimientos ¿Será por el nuevo ciclo político en curso? resuenan en mi cerebro esa deliciosa canción “Winds of Change” de los fabulosos Scorpions (soy sub 60 por algunos pocos días más y no puedo con mis disfrutes: ahora les estoy escribiendo con esa banda sonora); pues mutatis mutandis afirmo que pese a las usuales fallas de las encuestas que ya anunciaban el cambio de ciclo, el resultado de las elecciones del flamante 17A está impactando ya positivamente en el estado del arte de la justicia y en lo político. Ojalá sirva para recuperar la institucionalidad pervertida por la fallida receta del Socialismo del SXI en estos oscuros 20 años. Fueran un gran homenaje al Bicentenario.
Eso sí insisto como siempre, la administración de justicia debe ser independiente y objetiva de absolutamente todos los poderes fácticos que la afean. El Maestro Jorge ASBÚN enseña: “A los Jueces les está vedado efectuar valoraciones políticas, es decir utilizar criterios de oportunidad o conveniencia”; pues de lo contrario estaríamos ante aquello de otro Maestro a quien se le extraña mucho, Carlos Alberto MONTANER: “Cuando los jueces no obedecen las leyes, sino a los hombres, se comportan como los perros de presa. En el momento en que la correa cambia de manos, atacan a los antiguos amos”. Qué no sea el caso por favorcito.