Opinión

Bolivia adquirió obligaciones con el FMI en el 2009

Casto Martín Montero Kuscevic

Profesor de Economía, Jiaotong-Liverpool University

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El gobierno nacional está empecinado en ratificar que la operación de Derechos Especiales de Giro (DEG) que tuvo lugar el año 2020 entre el Gobierno boliviano y el Fondo Monetario Internacional (FMI) es (entre otras falacias) además de irregular, onerosa para el país, razón por la cual el dinero fue devuelto. Lo curioso de esto, es que, al mismo tiempo, el gobierno pretende desentenderse de una operación con características similares, pero que tuvo lugar el año 2009, cuando el ahora presidente Luis Arce Catacora fungía como ministro de Economía. Cabe recordar que la asignación de carácter excepcional de DEG, aprobada por el FMI, tuvo lugar el 7 de agosto de 2009. Inicialmente, a Bolivia le correspondió el equivalente a 198.2 millones de USD y una asignación especial de $ 16.1 millones realizada en septiembre de 2009.

En este sentido, el actual ministro de Economía y Finanzas Públicas de Bolivia señaló recientemente en una conferencia de prensa que las asignaciones recibidas por el Estado Boliviano por parte del FMI en el año 2009, se constituyeron exclusivamente en activos o en capitalización que aumentó las Reservas Internacionales Netas (RIN) y no así en pasivos (obligaciones). Sin embargo, la versión del ministro es incompleta. Veamos.

Lo primero que se puede evidenciar a simple vista es la contradicción entre lo dicho por el ministro y el comunicado de prensa del Banco Central de Bolivia fechado el 28 de agosto de 2009, el mismo que reza “Las asignaciones de DEG implican un incremento de las Reservas Internacionales Netas (RIN) del BCB (Activo), con un incremento equivalente de sus Obligaciones de mediano y largo plazo (Pasivo)”. Pero también contradice los propios Estados Financieros auditados del BCB, ya que en los mismos se registraron las asignaciones del FMI de 2009 como pasivos internacionales.

Ahora bien, la pregunta natural que surge es ¿constituían, estas asignaciones, deuda, y necesitaban por tanto aprobación de la Asamblea Legislativa Plurinacional (ALP)? A partir del año 2016, el BCB en línea con la aplicación del manual de Balanza de Pagos del FMI (MBP6), registra las operaciones realizadas por el Estado Boliviano en el 2009 como deuda pública externa. Por lo tanto, se podría sugerir que esta transacción, al representar endeudamiento merecía la aprobación de la ALP, y dado que no se puede actuar en lo retroactivo debieron ser devueltas antes de conceptualizar dichas asignaciones como deuda. Sin embargo, lo cierto es que no se requería una ley, porque se entiende que incluir los DEG en la deuda externa es más bien una convención contable. Algo similar sucede con la operación del año 2020, no es necesaria la aprobación de la ALP porque lo que se realizó fue una operación de venta de divisas en la que Bolivia se beneficia en base a su participación en el FMI.

En cuanto a lo oneroso del contrato, hay que decir que quienes deberían ser observados y enjuiciados son quienes devolvieron el dinero, pero eso es harina de otro costal.

*La opinión expresada en este artículo es responsabilidad exclusiva del autor y no representa necesariamente la posición oficial de Publico.bo


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Casto Martín Montero Kuscevic

Profesor de Economía, Jiaotong-Liverpool University

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