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¡¡¡Contar muertos en vez de votos!!!

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Las para ser educadito, disparatadas declaraciones de una Sra., que hace 5 minutos le decía al tirano en decadencia hasta de lo que iría a morir y ahora le defiende a capa y espada, acerca que el día de las elecciones se contarían muertos en vez de votos si su flamante amo no participa en esas -ojalá- justas electorales; han suscitado una serie de reacciones que me proporcionan delicioso y abundante material para comentarlas, desde mi posición de observador con sentencia ejecutoriada por garantista. Conste en obrados, pues nada suena neutro cuando se emite opinión en estos muy espinosos tópicos. Gianni VATTINO ya había sentenciado: “No se puede mirar una institución penal, sin poner en juego, todas nuestras ideas sobre el bien y el mal”.

Revisando las RRSS y publicaciones en medios; hay coro general para que la impresentable sea llevada inmediatamente al cadalso. Incluso, el mismísimo FGE (el CEO del MP que administra el ius puniendi) brindó una conferencia informando que esta “aperturando” (sic) una acción penal en su contra, denotando qué aunque esa palabreja no existe en el castellano, le metió no más y organizó un proceso penal en su contra, escuchando al poderoso clamor popular. Hasta oí a una vocera del oficialismo, tristemente célebre por cada vez que defiende lo indefendible crecerle la nariz, hablar hasta de terrorismo. Si bien, producto de la impericia del legislador ordinario aquel tipo penal parece cajón de sastre (la CIDH ya le pidió al estado adecuarlo según legalidad y taxatividad, pero la ALP sigue 0 a la izquierda); desde la vereda del garantismo y a la vista de elementales principios que impregnan la Ciencia del Derecho Penal contemporáneo -muy distantes del de enemigo u otras perversiones- como el de la última ratio y por tanto de intervención mínima, tengo sobradas dudas que esas infelices declaraciones y su postura ignara por donde se la mire incluyendo una soberbia y revictimización despreciable; merezcan -salvo se estire al pobre Código Penal como acordeón o chicle- de respuesta penal.

Aunque existen muy cuestionables delitos de peligro que anticipan o presuponen la culpabilidad (Ej: conducción peligrosa o delitos contra la salud pública); el Derecho Penal moderno es de acto (juzga por lo que hiciste o por lo menos intestaste) y no de autor (por lo que eres, por muy mal que nos parezca o caiga al soberano) y se caracteriza por proteger bienes jurídicos de relevancia que son efectivamente lesionados por acciones u omisiones dañosas. En el caso de marras, los medios informan que la impresentable fue imputada por instigación pública a delinquir (no encuentro que haya instigado por algún delito determinado, como exige la camisa de fuerza que es ese tipo penal); amenazas (¿Serían tan graves y creíbles como para alarmar a una persona como exige el tipo? ¿A cuál en concreto?) y por Obstaculización de procesos electorales, recetada para cuando se promueva desórdenes o por cualquier medio obstaculice, obstruya o impida la realización o desarrollo de procesos electorales.

Entiendo que ha debido ser por este delito que acaba de ser preventivamente detenida, pues los anteriores no lo autoriza el CPP, pero mantengo mis dudas que con esos sus disparates espetados (comparto la censura pública que ha recibido) y aunque la de marras me cae muy pero muy mal, realmente tengo sobradas dudas que haya cometido ese delito pues al final del día el proceso electoral con todas sus luces y muchas sombras avanza y… habría que ver que sucede el 17 de agosto y el peso que tendrían esos sus dislates específicos, incluso en la hermana república cocalera del Chapare.

Lo acaecido con todas sus facetas nos muestra que no solamente tenemos un estado autoritario, administrado por un pésimo gobierno de similares perversiones, sino también sufrimos una cultura predominantemente autoritaria: pretendemos o esperamos qué ante dislates de ese calibre a la vista de lo mal que nos cae la doñita, todo sea “arreglado” por el malo de la película como es el sistema penal, incluyendo detención, cárcel y represión. Una estupidez como la comentado y peor emitida por esa impresentable Sra, aunque no haya en puridad generado daño, se criminaliza estirando su relevancia como acordeón o chicle para hacerla caber como sea dentro del Código Penal y, quienes debieran ser diques de contención contra esas pulsiones autoritarias -MP y Jueces- se rinden ante el clamor popular, seguramente para intentar mejorar la mala imagen que tienen.

Cierto que la impresentable actuó en ejercicio de su libertad de expresión, aunque -ver hasta el art. 13.2 de la CADH- como no existe censura previa, surgen responsabilidades ulteriores pues ningún derecho es absoluto. ¿Será este el caso? ¿O será puro show para distraernos de temas mucho más graves y urgentes? ¿El sistema penal estará sirviendo para perseguir a quien cae mal a la mayor parte del soberano, aunque no haya lesividad? ¿Está pesando más el coro popular, que la Ciencia del Derecho Penal?. Por el momento, me recuerda aquello de Perfecto ANDRÉS IBAÑEZ: “Sobre los habituales usos abusivos y desviados del Derecho Penal, que de extrema ratio ha pasado a convertirse en ordinario instrumento de (mal) gobierno de graves problemas sociales desatendidos en su ámbito propio”

*La opinión expresada en este artículo es responsabilidad exclusiva del autor y no representa necesariamente la posición oficial de Publico.bo


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