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El TCP lo hizo de nuevo; pero, podría haber luz al final del túnel…

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Realizadas por fin las elecciones judiciales 2024 y posesionados los altos cargos del sistema de administración de justicia (19/26 incluyendo sus respectivos suplentes) gozando los electos de apoyo muy importante respecto de las anteriores camadas (64.29% de votos válidos Vs 35.71% de nulos y blancos) aunque habría que hilar más fino en cada caso concreto; es innegable que esta vez los flamantes Magistrados ingresan con ese importante nivel de legitimidad popular, que es lo que ese tipo inusitado de sistema puede brindar.

Probablemente por eso y naturalmente por el apabullante repudio que los auto prorrogados reciben sistemáticamente desde la ciudadanía; el nivel de presión para que por fin se vayan a sus casas pues no pueden renunciar a una función que ya no la tienen desde el 31 de diciembre de 2023 por orden del Constituyente, ha alcanzado consenso no solamente en el foro sino en la sociedad misma y, debiera efectivizarse a partir de hoy lunes en cada Tribunal donde intentan seguir empernándose uñas y dientes. No todos están en similar situación, centrándose los focos en el epicentro de la auto prorroga (TCP) y en menor medida en el TSJ donde son matemáticamente minoría y mucho no podrán hacer, salvo continuar con su papelón. De dignidad, ni hablar.

El consenso bajo diversas interpretaciones pues la Ciencia del Derecho no es exacta, se apoyó principalmente en que como no hay crimen perfecto, hasta en su propia DCP 049/2023 confeccionada a su medida por la que resolvieron su auto prórroga, habían escrito: “4. Se dispone la prórroga de mandato de las autoridades del Órgano Judicial y Tribunal Constitucional Plurinacional en actual ejercicio, de manera excepcional y temporal, hasta que se elijan y posesionen a las nuevas autoridades, fruto de la preselección desarrollada por la Asamblea Legislativa Plurinacional y del proceso electoral llevado a cabo por el Órgano Electoral Plurinacional…”; lo que amplificó los pedidos para que aunque sea en los descuentos del partido, cumpliendo su “resolución”, tengan la dignidad de irse o ser echados por los flamantes Magistrados.

No obstante como no podía faltar en su campeonato de dislates y prevaricatos, otra vez los auto prorrogados a instancia de otro de los prorrogados, hicieron aparecer por arte de magia plurinashonal ya también su DCP 013/2024 O de 11 de diciembre de 2024, por el que a consulta de uno de los prorrogados (en su momento Presidente del TSJ y quien forzó ese procedimiento) para seguir empernándose inconstitucionalmente en sus peguitas; ahora los 5 prorrogados del TCP, le siguen metiendo no más y hacen aparecer un mecanismo de “dimensionamiento” de lo que antes habían resuelto y ya también ahora señalan que “debe entenderse” que su auto prórroga debe continuar hasta que se pre seleccione, elija y posesione a las nuevas autoridades en aquellos departamentos que ellos mismos declararon desiertas las convocatorias para quedarse indebidamente en sus cargos fenecidos.

Con lo que no siéndoles suficiente auto prorrogarse; torpedear sistemáticamente todos los procedimientos para substituirles, ante su propia resolución en la que se pusieron motivo de vencimiento (ilegal, pero así lo escribieron), ahora la “corrigen” recurriendo a un muy discutible dimensionamiento de su propia DCP, empernándose nuevamente en su ilegal ejercicio, sine die.

No hay que ser un entendido en las leyes pues basta tener algo de sentido común para entender que nadie puede ser Juez en su propio interés o causa y, peor de manera sistemática y tan obscena (“indecente, impúdico, deshonesto, inmoral, desvergonzado, sucio, escabroso, descarado, procaz”; enseña el mataburros); pues como la Ciencia del Derecho sostiene uniformemente cuando un Juez tiene interés en el resultado de la causa que está por juzgar, debe sencilla y llanamente excusarse (apartarse) de fallar. Se trata de la imparcialidad, que forma parte de la garantía del Juez natural.

La CORTE IDH lo ha dejado sentado vinculantemente: “La garantía de imparcialidad exige que el juez que interviene en una contienda particular se aproxime a los hechos de la causa careciendo, de manera subjetiva, de todo prejuicio y, asimismo, ofreciendo garantías suficientes de índole objetiva que permitan desterrar toda duda que el justiciable o la comunidad puedan albergar respecto de la ausencia de imparcialidad. En este sentido, esta garantía implica que los integrantes del tribunal no tengan un interés directo, una posición tomada, una preferencia por alguna de las partes y que no se encuentren involucrados en la controversia y que inspiren la confianza necesaria a las partes en el caso, así como a los ciudadanos en una sociedad democrática”. Por ejemplo en la Sentencia del caso Manuela y otros Vs. El Salvador y, aproximadamente otras 15 sentencias con similar glosa.

Sería entonces hasta ocioso resaltar qué tratándose de su auto prórroga, ni los consultantes y peor los que la resolvieron, podían haberse aproximado a los hechos careciendo de manera subjetiva de prejuicios, peor no hayan tenido interés directo y menos no estén involucrados en la controversia, sino todo lo contrario. Ese es el tamaño del dislate sistemáticamente perpetrado que ojalá no sobreviva a los flamantes altos cargos con interesante legitimidad pese a la ya muy débil institucionalidad democrática. Hoy podría empezarse a escribirse un nuevo capítulo que por lo menos podría cambiar ese aspecto del actual desastre de la justicia y democracia boliviana. No la tienen fácil, pero gozan del consenso del soberano para sacarles la roja a los autores de esos dislates. Así que con Kevin CASAS: “TODOS NOS PREGUNTAMOS QUÉ HARÁN LOS JUECES, NO LOS GENERALES: ESO YA ES PROGRESO”. Amanecerá y veremos…

*La opinión expresada en este artículo es responsabilidad exclusiva del autor y no representa necesariamente la posición oficial de Publico.bo


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