Política

Corte IDH sanciona al Estado boliviano por desaparición forzada de político de izquierda en 1980

Dispone medidas de reparación para la familia de Juan Carlos Flores Bedregal.

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La Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) emitió sentencia este viernes por el denominado caso Flores Bedregal y familia y declaró culpable al Estado boliviano por la desaparición forzada del político boliviano de izqu Juan Carlos Flores Bedregal.

“La Corte Interamericana por unanimidad declaró, tres, el Estado es responsable por la desaparición forzada de Juan Carlos Flores Bedregal en violación de los derechos a reconocimiento de la personalidad jurídica, a la vida, a la integridad personal y libertad personal”, señala parte de la resolución de la Corte IDH.

Este jueves, la Corte falló en contra de Bolivia por el caso Brisa Losada Angulo, una mujer que fue violada hace 20 años por un familiar y nunca obtuvo justicia en el sistema judicial boliviano y más bien la revictimizó durante años y dejó en la impunidad al autor del delito.

Además, determinó responsabilidades del Estado por violaciones de diversos derechos de las hermanas del político, quienes son: Olga Beatriz, Verónica, Eliana Isbelia y Lilian Teresa, todas Flores Bedregal. Todos estos atropellos fueron cometidos en el marco de los procesos judiciales y administrativo en la búsqueda del esclarecimiento de lo sucedido.

Según los antecedentes del caso presentados por la Corte IDH, el 17 de julio de 1980, en el marco de un golpe de estado en Bolivia liderado por el general Luis García Meza Tejada, fuerzas militares y paramilitares atacaron y ocuparon el edificio de la Central Obrera Boliviana (COB).

Juan Carlos Flores Bedregal se encontraba allí en ese momento junto a otras personas. Los presentes fueron obligados a bajar las escaleras y a salir del lugar con las manos hacia arriba, entre ellos el señor Flores Bedregal, quien fue alcanzado por una ráfaga de disparos. Desde ese entonces se desconoce su paradero.

La Corte determinó la desaparición forzada de Flores Bedregal según los hechos de 17 de julio de 1980 al ser privado de la libertad en el contexto del golpe de Estado, con la participación de agentes estatales y paramilitares, y que hasta la fecha no se ha proporcionado información certera sobre su paradero o la ubicación de sus restos.

En consecuencia, la Corte concluyó que Bolivia es responsable por la violación de los derechos al reconocimiento de la personalidad jurídica, a la vida, a la integridad y libertad personal, en perjuicio del señor Flores Bedregal. En razón de estas violaciones, la Corte IDH ordenó diversas medidas de reparación.

Asimismo, la Corte concluyó que: a) existió una falta de la observancia de la diligencia debida respecto al desarrollo de la investigación y proceso penal; b) existió una demora excesiva e injustificada en la tramitación del proceso para investigar, juzgar y, en su caso, sancionar a los responsables de los hechos; c) después de más de cuatro décadas desde el comienzo de la desaparición forzada de Juan Carlos Flores Bedregal, continúa pendiente el juzgamiento y eventual sanción de los responsables; d) el Estado incumplió con su deber de adoptar disposiciones o medidas en su ámbito interno a fin de proteger y asegurar la vigencia de los derechos violados como resultado de la desaparición forzada de la víctima, y e) no se han llevado adelante todos los esfuerzos necesarios para esclarecer el paradero de la víctima o localizar sus restos, en violación del derecho a la verdad de sus familiares. En consecuencia, se estableció que Bolivia violó el derecho a las garantías judiciales, protección judicial y derecho a conocer la verdad, en perjuicio de sus hermanas Olga Beatriz, Verónica, Eliana Isbelia y Lilian Teresa Flores Bedregal.

De igual modo, la Corte concluyó que, a lo largo de varias décadas, el Estado impidió a los familiares de Juan Carlos Flores Bedregal el acceso a información relevante para el esclarecimiento de su desaparición forzada en el marco del golpe de Estado de 17 de julio de 1980 y restringió las actuaciones judiciales relacionadas con dicha información, por lo tanto violó los derechos a buscar y recibir información, y a la independencia judicial, así como el derecho a conocer la verdad, en perjuicio de sus hermanas.

Por último, la Corte IDH sostuvo que la desaparición forzada de Juan Carlos Flores Bedregal y la falta de conocer la vedad de lo sucedido afecto la integridad personal de sus hermanas. Estas afectaciones se proyectarán en el tiempo mientras persistan los factores de impunidad y la falta de esclarecimiento del paradero final de la víctima desaparecida.


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