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La relación entre justicia transicional y Estado de derecho

La investigación sobre la relación entre el Estado de derecho y la justicia transicional ha surgido recientemente y sigue sin línea clara de estudio. ¿Es una relación unidireccional o más bien bilateral? ¿Cómo se relacionan?

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Por: Jana Speidel

La investigación sobre la relación entre el Estado de derecho y la justicia transicional ha surgido recientemente y sigue sin línea clara de estudio. En el debate surgen preguntas como: ¿Es una relación unidireccional o más bien bilateral? ¿Cómo se relacionan?

El informe de la Organización de las Naciones Unidas The rule of law and transitional justice in conflict and post-conflict societies (2004) considera que ambos aspectos están estrechamente relacionados y que la justicia transicional contribuye de manera importante a la consolidación del Estado de derecho y a la reconstrucción del sistema legal y judicial después de un periodo de conflicto.

El Estado de derecho

Es importante enfatizar que el Estado de derecho puede ser operativo de al menos dos maneras: De un lado, como un enfoque procesal, centrándose en las instituciones necesarias para garantizar que la ley sea general y aplicada en igualdad de condiciones. Del otro, como un concepto maximalista con una perspectiva amplia que abarca instituciones eficaces y eficientes del sector de la justicia y garantías de derechos humanos (DDHH) como el debido proceso, la equidad, la igualdad, e indicios de buena gobernanza como la transparencia y la responsabilidad de las instituciones gubernamentales.

Partiendo de que la comunidad internacional reconoce que los principios centrales del Estado de derecho son la legalidad, la igualdad ante la ley, la seguridad jurídica, la independencia judicial y el control judicial efectivo, la violación de los derechos a sujetos individuales o colectivos en el marco de un conflicto muestra que el Estado falló en la protección de la ciudadanía y, por eso, es su responsabilidad restablecer los derechos.

¿Y la justicia transicional?

Algunos investigadores anclan la justicia transicional en el restablecimiento del Estado de derecho. Según Andersen, la justicia transicional es un proyecto viable dentro del Estado de derecho y que permite su (r)establecimiento. Este enfoque parte de la idea de que el objetivo principal de la justicia transicional debe ser la no repetición.

Desde el concepto maximalista, la justicia transicional no permite, sino que exige la participación de la sociedad local, específicamente de las víctimas. Porque son sus derechos los que deben ser restablecidos para garantizar los principios del Estado de derecho.

Por ello, si se inicia un proceso de justicia transicional, deben tenerse en cuenta los derechos de las víctimas a la justicia, la verdad, la reparación y la garantía de no repetición. El restablecimiento de los principios del Estado de derecho en una sociedad en conflicto debe tener como premisa principal la participación activa de las víctimas en todos los mecanismos de la justicia transicional para consultar sus perspectivas y necesidades. Así, la transición es legítima no solo para la sociedad en su conjunto sino para las víctimas, ofreciendo una mayor probabilidad de reparación de los daños ocasionados y de contribución a la no repetición. De esta forma, se pueden sentar las bases para el (r)establecimiento del Estado de derecho.

El caso de Colombia

Colombia ha vivido un conflicto armado interno durante más de medio siglo (1964-2016), que, en teoría, terminó formalmente con la firma del Acuerdo de Paz entre el gobierno y las FARC-EP en 2016. Hasta entonces, al menos 220.000 personas perdieron la vida en el marco del conflicto.

El Registro Único de Víctimas de Colombia ha documentado 9.204.910 víctimas dentro del conflicto armado interno desde 1985 hasta el 31 de octubre de 2021. ¿Cómo un proceso de justicia transicional puede ser efectivo sin la inclusión de las experiencias y demandas de esta gran cantidad de personas victimizadas?

Con el fin de restablecer los derechos de estas personas afectadas y así promover el Estado de derecho, el Estado colombiano ha emitido varias políticas en el marco de la justicia transicional. Sin embargo, al igual que la propia naturaleza del conflicto, el desarrollo de la justicia transicional en Colombia ha sido complejo. Una razón es la naturaleza continua del conflicto en el cual las principales legislaciones de justicia transicional empezaron a aplicarse.

La situación en Colombia sigue siendo compleja y la violencia se mantiene alta o ha regresado en algunos territorios. Sin embargo, el modelo de justicia transicional en Colombia, especialmente el Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y No Repetición (SIVJRNR) fue declarado no solo como uno de los proyectos de Justicia Transicional más ambiciosos y holísticos del mundo, sino también como pionero en enfoques innovadores y centrados en las víctimas. El Acuerdo General para la Terminación del Conflicto y la Construcción de una Paz Estable y Duradera afirma que la justicia transicional está centrada en las víctimas, principio reforzado por las normas establecidas en el marco del SIVJRNR. La Ley 1957 de 2019 constata que el “Estado tiene el deber jurídico de garantizar y atender los derechos de las víctimas y […] la obligación de prevenir nuevos hechos de violencia y alcanzar la paz”. Asimismo, la Ley 1922 de 2018 destaca la centralidad de los derechos de las víctimas y cómo debe incluirse este enfoque en los procedimientos de la Jurisdicción Especial para la Paz.

La necesidad de abordar un pasado violento se ha hecho evidente antes y seguirá siendo así en el futuro. Colombia ofrece una oportunidad valiosa de investigar si el papel de las víctimas es importante en la justicia transicional y cuáles son sus posibilidades reales de participación desde la óptica del Estado de derecho. Los aprendizajes de este análisis contribuirán al diseño y la implementación de futuros procesos de justicia transicional en la región y en todo el mundo, lo que permitirá evaluar si el caso colombiano es un modelo o no a seguir. Solo entonces será posible determinar si la inclusión de las víctimas en procesos de justicia transicional satisface las demandas de la sociedad en su conjunto y permite restablecer el Estado de derecho.

Ampliar esta línea de investigación contribuirá también con la comprensión de la relación entre el Estado de derecho y la justicia transicional. Aunque la inclusión de las víctimas resulta útil para entender la justicia transicional como un proyecto de Estado de derecho, existen otros enfoques que permiten analizar esta relación.

Otros enfoques: la relación entre justicia transicional y Estado de derecho

Algunos investigadores afirman que el desarrollo y la consolidación del Estado de derecho se conecta con los juicios nacionales de DDHH. Si un Estado facilita la investigación, el juzgamiento y la sanción a los responsables de violaciones de los DDHH, podría afirmarse que está comprometido con los estándares internacionales. Pero si los juicios implementados demuestran parcialidad o falta de transparencia, pueden ser un impedimento para la justicia transicional y la consolidación del Estado de derecho.

Otras perspectivas académicas dudan de una relación unidireccional, ya que existe una asociación poco precisa, en la cual los principios del Estado de derecho no son una condición necesaria ni suficiente para la justicia transicional, pero sí han contribuido a ella; y, a su vez, el éxito de algunas medidas de la justicia transicional puede mejorar el Estado de derecho.

Ottendörfer resume que el Estado de derecho se refiere al resultado de la justicia transicional:  el abordaje del pasado violento forma la base de una sociedad democrática asentada en el Estado de derecho. Por otro lado, es la calidad del proceso de reconciliación: someter este proceso a los principios del Estado de derecho se presenta como políticamente neutral y puede ser aceptada por todas las partes del conflicto.

Cabe concluir que existe una estrecha relación entre la justicia transicional y el Estado de derecho. Entender la justicia transicional como un proyecto dentro del Estado de derecho ofrece una posibilidad valiosa para entender esta relación, considerando el papel de las víctimas en procesos de transición y por lo tanto en el restablecimiento del Estado de derecho.

Citación académica sugerida: Speidel, Jana. La relación entre justicia transicional y Estado de derecho, Agenda Estado de Derecho, 2022/01/24. Disponible en: https://agendaestadodederecho.com/la-relacion-entre-justicia-transicional-y-estado-de-derecho/

*Este artículo fue publicado originalmente en dialogopolitico.org el 28 de enero de 2022.

*La opinión expresada en este artículo es responsabilidad exclusiva del autor y no representa necesariamente la posición oficial de Publico.bo

Jana Speidel es Asistente de programa del Programa Estado de Derecho para Latinoamérica de la Fundación Konrad Adenauer. Maestría en Peace Research and International Relations por la Universidad de Tubinga, Alemania. Investigaciones centradas en el papel de las víctimas en procesos de justicia transicional.

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