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A propósito de sentencias y el limbo institucionalizado

Erika Brockmann Quiroga

Psicóloga, cientista política y exparlamentaria

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Por primera vez en 40 años de vida democrática, el pasado 2 de enero no se realizó el tradicional y solemne acto inaugural del año judicial. Al contario, se escucharon voces disconformes, amenazas de desacato a las disposiciones que emanen los magistrados cuyo mandato finalizó el pasado 31 de diciembre. La crisis del sistema de justicia tocó fondo y no extraña el sigilo vergonzante con el que las máximas autoridades del Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) y otras instancias del Órgano Judicial inician sus actividades en base a una espuria disposición de “autoprórroga de mandato” emitida por el TCP, convertido en una suerte de dispositivito de gobernanza política del oficialismo.

Terminó de caerse la estantería del Órgano judicial. Queda claro que esta movida desnuda lo que para algunos es una hábil maniobra política de Arce o para quienes, más escrupulosos, es una oscura intervención del Ejecutivo para obstaculizar la realización de la elección judicial y mantener al TCP como un instrumento a su favor. Pero aquí no se salva nadie, según el TCP, la Asamblea Legislativa “incumplió deberes” y no acató la sentencia constitucional que los obligaba a encaminar la preselección de candidatos, definición que sigue esperando el Órgano Electoral para reprogramar el ya cargado calendario 2024.

El Legislativo no hizo su tarea. Debió viabilizar un acuerdo, independientemente de la anacrónica modalidad de elección que lamentablemente sigue constitucionalizada. Debieron hacerlo todos, oficialistas y opositores. El problema de fondo es que el MAS en el poder se acostumbró a contar con los dos tercios de votos y no termina de entender que en un Legislativo plural y fragmentado es imperativo abrirse a la concertación para cumplir obligaciones constitucionales. ¿Acaso no es aplicable la sindicación de incumplimiento de deberes en estos casos?

Ahora bien, del paquete de sentencias sacadas del sombrero a contrarreloj por el TCP, la No 1010 despertó un inusitado entusiasmo por contribuir al debate en torno a la reelección indefinida y la inhabilitación de la candidatura de Evo ya anunciada. Mucha tinta corre y correrá multiplicando las interpretaciones en torno a un controversial fallo. Si bien la argumentación contra la reelección indefinida entendida como derecho humano se incorporó (de contrabando) en la parte considerativa de la sentencia, lo cierto es que finalmente el TCP por convicción o “encargo”, ratificó todo aquello por lo que se luchó el 21F y en 2019. Si bien algunos constitucionalistas sostienen que la nefasta sentencia 0084, de 2017, (que reconoció la reelección indefinida como derecho humano) sigue vigente y debiera ser anulada de manera expresa, este fallo es un primer paso para recuperar el sentido de la democracia electoral competitiva, aunque haga parte del guion oficial para jaquear a Evo Morales en su disputa interna.

Por otra parte, paradójicamente, el recurso de complementación interpuesto por un sector de Creemos ante el TCP, para impedir la posesión del vicegobernador de Santa Cruz como gobernador interino, no solo contribuye a legitimar las actuaciones de los tribunos cuestionados, sino que le hace el juego al oficialismo al entregarle al MAS la llave de la gobernabilidad de la Asamblea Departamental cruceña, cuyos estatutos debieron cumplirse; así, Aguilera no es el enemigo. Sin embargo, el fanatismo, la falta de cintura política e inexperiencia llevan colocar en el mismo plano la legitima protesta por el secuestro de Camacho y su injusta detención  y los desajustes internos, celos y miramientos en el marco de la gestión de la Gobernación. Es imperativo recuperar el debate político al interior del bloque de oposiciones al MAS en Santa Cruz para blindarse de las arremetidas autoritarias y desestabilizadoras no solo del oficialismo sino de las pulsiones conservadoras y maximalistas en su propio seno.

Mas allá de las interpretaciones legales en torno a los tardíos fallos emitidos por el TCP, reitero que la reelección discontinua no debiera tener cabida en nuestro ordenamiento constitucional por ser un recurso tóxico del caudillismo que erosiona la democracia. En todo caso, la incertidumbre que acompaña el inicio de año es comparable al estado de situación de un órgano judicial hoy en un limbo embrollado, como muchos otros asuntos en el país.

*La opinión expresada en este artículo es responsabilidad exclusiva del autor y no representa necesariamente la posición oficial de Publico.bo


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Erika Brockmann Quiroga

Psicóloga, cientista política y exparlamentaria

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