Opinión

Litigando en pandemia: retos y dificultades

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A casi un año y medio después del brote del COVID-19, el público litigante, los abogados y la administración de justicia afrontan distintos retos y dificultades excepcionales a tiempo de llevar a cabo la tramitación y consecución de los litigios.

En primer lugar, hay que tener en cuenta que el riesgo de contagio persiste y el virus sigue presente, por lo que los abogados litigantes y los funcionarios del órgano judicial deben estar siempre atentos a las medidas de bioseguridad. La salud y la vida son derechos constitucionales reconocidos1 y no pueden pasar inadvertidos durante la pandemia.

Entrando en materia, los Tribunales Departamentales de Justicia tienen la atribución de “dirigir el movimiento judicial en sus respectivos departamentos”,2 por lo que emiten instructivos, circulares y comunicados de forma periódica que dirigen y reglamentan el desarrollo de las actividades judiciales, en función de las necesidades que surgen de la pandemia. El abogado litigante y los administradores de justicia deben estar actualizados sobre esta normativa.

La última disposición del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz3, dispuso que, a partir del jueves 22 de julio de 2021, se autoriza el ingreso de abogados a los predios judiciales a efectos de revisar y hacer seguimiento a las causas, previa presentación de su credencial emitida por el Ministerio de Justicia. El ingreso de abogados será en función de la terminación del número de su credencial, siendo de 08:30 a 12:30 para aquellos terminen en número par y de 12:30 a 16:30 para aquellos que terminen en número impar. La atención al público litigante será necesariamente a través de los medios de Tecnologías de Información y Comunicación -TIC´s. Asimismo, el Tribunal Departamental de Justicia de La Paz dispuso4 que las audiencias se realizarán de manera exclusivamente virtual y que la recepción de todo tipo de documentos se realizará en horario continuo por la Plataforma de Atención al Público e Informaciones, Oficina Gestora de Procesos y Rejap.

Por otro lado, en este contexto de pandemia, los actores del ámbito judicial y abogados deben estar preparados para manejar las Tecnologías de Información y Comunicación-TIC´s 5, toda vez que, en el marco del teletrabajo, las entidades públicas, que prestan un servicio por cuenta del Estado, deben desarrollar una estrategia de digitalización de trámites, utilizando las TIC´s. Consecuentemente, el abogado litigante debe estar preparado para defender los intereses de su cliente, manejando los medios electrónicos y las redes sociales (como WhatsApp, páginas web o Facebook de los Tribunales Departamentales de Justicia, del Tribunal Constitucional Plurinacional y del Consejo de la Magistratura).

Asimismo, el abogado litigante debe manejar y acceder a plataformas electrónicas relacionadas a los litigios, como: a) El Buzón Judicial6, que es una plataforma en la cual se puede presentar memoriales, recursos y otros documentos de forma virtual, b) el Sistema Integrado de Registro Judicial – SIREJ7, para el seguimiento de expedientes y consulta de procesos, y 3) el Sistema Hermes8, que permite al abogado litigante registrarse y obtener las notificaciones directamente en su dispositivo. Otra forma para realizar notificaciones virtuales9, es a través de WhatsApp o correo electrónico, por lo que estas herramientas o aplicaciones digitales, se configuraron como un requisito esencial para presentar memoriales o recibir comunicaciones durante la pandemia.

Por último, otra dificultad que afronta el abogado litigante en el entorno de los litigios durante la pandemia es la permanente rotación de funcionarios judiciales. En consecuencia, funcionarios de otros juzgados deben suplir temporalmente las funciones de aquellos que declinaron su labor. De esta manera el principio de celeridad10, se halla afectado en muchas ocasiones.

En conclusión, el público litigante, los abogados y los administradores de justicia enfrentan retos y dificultades que van más allá de lo jurídico y procesal en el ámbito de los litigios que deben ser atendidos en pandemia. En ese sentido, si bien es imperante velar por la salud y continuar en la permanente adaptación que impone el cambio de este contexto peculiar y de largo aliento; es también inevitable la imprescindible digitalización, uso de plataformas y desarrollo de las TIC´s que permitan viabilizar, mediante el cumplimiento estricto de las medidas de bioseguridad y del teletrabajo, la continuidad y mejora de la administración de justicia confiada a los servidores públicos, en beneficio del público litigante y la sociedad en general.


*La opinión expresada en este artículo es responsabilidad exclusiva del autor y no representa necesariamente la posición oficial de Publico.bo

1 Artículos 15 y 18 de la Constitución Política del Estado

2 Ley No. 025 del Órgano Judicial del 14 de junio de 2010, artículo 50 numeral 1

3 Comunicado del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz de fecha 20 de julio de 2021.

4 Comunicado del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz sobre “Medidas Preventivas ante Elevados Contagios por COVID-19” de fecha 22 de junio de 2021 y el Comunicado Aclaratorio del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz de fecha 24 de junio de 2021.

5 Decreto Supremo No. 4218 del 14 de abril de 2020, artículo 12 parágrafo I y Decreto Supremo No. 4451 del 13 de enero de 2021, artículo 8

6 https://buzon.organojudicial.gob.bo/

7 http://magistratura.organojudicial.gob.bo/sirej/index.php?r=consulta/index

https://notifica.organojudicial.gob.bo/

Código Procesal Civil, Ley No. 439 de fecha 19 de noviembre de 2013, artículo 83 parágrafo I.

10  Código Procesal Civil, Ley No. 439 de fecha 19 de noviembre de 2013, artículo 1 numeral 10.


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