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Pericia + sobreseimiento, a la carta

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Tengo aproximadamente 30 años de ejercicio profesional como Abogado (Penal, Constitucional, Convencional y alguito de administrativo), ojalá en próximas semanas logre –por fin- mi Doctorado en materia procesal penal + constitucional + convencional; tengo más de una docena de libros publicados, algo más de 400 actividades académicas en Bolivia y el exterior y, la última década disfruto –pese a todo- litigar desde mi búnker (bufete para los formaloides), luego de casi similar lapso brindando asistencia técnica desde la Cooperación Internacional; lo que me permite escudriñar el sistema penal, con algo de experiencia, presumo. He visto y en cancha, prácticamente de todo…

Así que a la vista del flamante requerimiento fiscal de sobreseimiento del caso golpe de estado me resulta imposible obviar algunos de estos comentarios que surgen, elementalmente. Según el espacio disponible en esta mi columna, intento resumirlos. 

Los 4 fiscales de la comisión toman como referencia 124 actuados realizados. Mencionan el informe final de análisis de integridad electoral de la OEA; el de Ethickal Hacking, varias declaraciones testificales y transcriben algunas parece en extenso como de Marcel Guzmán de Rojas y, al valorar los elementos probatorios, establecen 13 conclusiones, introduciendo el ya famoso informe pericial del docente y ayucos de la USAL.  

Llama sobremanera la atención que a diferencia del informe de la OEA y de Ethical Hacikng manifiestamente ninguneados en su requerimiento, tratándose del de la USAL, se dedican afanosamente a echarle flores: “personal altamente calificado en el área científica”; “expertos de talla internacional”, etc. 

Sorprende señalen que los 7 puntos periciales establecidos por la Fiscalía, fueron notificados a todos los sujetos procesales, puesto que no existen querellantes, sino simplemente denunciantes: PGE; TSE; Min Gobierno; Viceministerio de Transparencia y AGETIC. Pareciera entonces que la Comisión de Fiscales, aprovechando de esa situación, hizo dibujo libre en el establecimiento de esos puntos e incluso, para escoger libre y tal vez convenencieramente a los peritos, puesto que de haber parte contraria efectiva, ésta hubiera con probabilidad: 1) cuestionado la idoneidad de los peritos, propuesto otros, etc; y 2) modificado y/o ampliado esos puntos y añadido otros de su parte. ¿Qué habrán dicho las entidades denunciantes si les notificaron? … todas en poder del partido del gobierno. Así las cosas, el camino para la pericia de la USAL quedó completamente allanado, sin lugar al contradictorio.

Más aún, como dice textualmente el requerimiento, el informe del docente y sus ayucos, fue entregado el 20 de julio de 2021 –vía FGE- y sin dar lugar nuevamente al contradictorio ni siquiera respecto de los denunciantes, todos ahora oficialistas, puesto que el CPP establece la obligación de notificar con el resultado de la pericia para aclaraciones, raudamente los Fiscales hayan emitido en 7 días el requerimiento de sobreseimiento –de 82 páginas- el 27 de julio. Durísimo han trabajado y, estaban, muy pero muy apurados. 

No obstante, como las víctimas directas de los hechos fraudulentos somos los votantes escamoteados en nuestros derechos políticos, han empezado a presentarse las impugnaciones, pues la víctima está legalmente habilitada para hacerlo, sin necesidad de ser querellante; aunque las resolverá el Fiscal Departamental de La Paz, que como sus restantes colegas, ha sido nombrado a dedo por el Fiscal General, vulnerando flagrantemente su propia Ley Orgánica, que obliga lo sean previa convocatoria pública y calificación de capacidad profesional y méritos a través de concurso público.                         

En suma, en el caso a la Fiscalía se le juntó la gula con las ganas de comer y, terminó valorando sólo su árbol que además lo plantó entusiastamente (USAL) y, se olvidó del bosque (OEA, UE, etc). El gran Jhon GRISHAM en “El Abogado Rebelde”, escribió: “Por lo general, todos los Fiscales comparten el mismo defecto genético: se niegan aceptar la evidencia, cuando la tienen ante los ojos”.

*La opinión expresada en este artículo es responsabilidad exclusiva del autor y no representa necesariamente la posición oficial de Publico.bo


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