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Tributación sin consentimiento

Gabriela Calderón de Burgos dice que la reforma tributaria que entró sin la aprobación de una mayoría de la asamblea, padece de un escasa legitimidad y afecta la credibilidad del gobierno.

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Por: Gabriela Calderón1

La reforma tributaria que entró por el Ministerio de la Ley padece de una escasa legitimidad y afecta la credibilidad del gobierno. La legitimidad y la credibilidad son sumamente importantes en el quehacer político.

La última alza de impuestos no es una reforma tributaria puesto que no altera la naturaleza de nuestro sistema: sigue siendo el mismo sistema bizantino global y progresivo que le cobra impuestos a la minoría de empresas y trabajadores que operan dentro del sector formal. Adicionalmente, este sigue tributando en mayor medida el capital y en menor medida el consumo.

La historia de Occidente es aquella de un constante avance hacia un mayor grado de libertad para los individuos frente al poder político, conforme los monarcas se vieron obligados a negociar con sus súbditos y concederles derechos a cambio de financiamiento por la vía de impuestos. John Locke, en sus Dos tratados sobre el gobierno civil, dice que no debe existir tributación sin representación. Esto tiene que ver con el principio de que la autoridad debería derivarse del consentimiento de los gobernados, no de la amenaza del uso de la fuerza.

En los sistemas políticos modernos, se entiende que los impuestos son legítimos si estos se derivan del consentimiento de los gobernados. En este sentido, Locke dijo en 1689:

“ya que si cualquiera dirá tener el poder de cobrar e imponer impuestos sobre el pueblo, en virtud de su propia autoridad, y sin tal consentimiento del pueblo, él por lo tanto invade la ley fundamental de la propiedad, y subvierte el fin del gobierno

Ellos no deben elevar impuestos sobre la propiedad del pueblo, sin el consentimiento del pueblo, dado por ellos mismos, o sus representantes.

El legislativo no puede ni debe transferir del poder de hacer leyes a cualquier otro cuerpo, o colocarlo donde sea, más allá de donde la gente lo ha colocado”.

Esta idea de Locke, ya antes la había manifestado el jesuita Juan de Mariana, quien 90 años en Del rey y de la institución de la dignidad real (1599), sostenía que:

“…el rey no puede imponer nuevos impuestos sin antes tener el consentimiento de los gobernados. Pregunte, entonces, y no vulnere a sus sujetos tomando cada día algo de su propia voluntad y reduciendo poco a poco a la miseria a aquellos que hasta hace poco eran ricos y felices”.

Todo esto viene al caso el problema de origen que tiene esta alza de impuestos: podrá ser legal y constitucional, pero es ilegítima puesto que constituye una tributación impuesta sin la aprobación de los representantes de los ecuatorianos, quienes no votaron a favor de dichos impuestos. Otro golpe a legitimidad de este nuevo sablazo tributario es que no está correspondido con una reducción igual o similar del gasto público, sino más bien con una intención de aumentar el gasto por un monto equivalente al 82% de lo que se espera recaudar con esta alza de impuestos.

En la historia reciente del país es difícil encontrar un equipo que haya dedicado más tiempo y recursos para gobernar. Se supone que habían estudiado exhaustivamente las reformas que el país necesita y cómo implementarlas. De ahí surgió su plan de gobierno presentado en campaña. Es difícil identificar precisamente qué no sabían antes de llegar a Carondelet y si algo nuevo han descubierto, deben ilustrarnos.

1Es editora de ElCato.org, investigadora del Cato Institute y columnista de El Universo (Ecuador)

*Este artículo fue publicado originalmente elcato.org el 03 de diciembre de 2021.

*La opinión expresada en este artículo es responsabilidad exclusiva del autor y no representa necesariamente la posición oficial de Publico.bo


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