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De amnistías y debates políticos partidarios

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Qué poco serio es el debate político partidario en Bolivia sobre temas de alto interés público en los que -lamentablemente- deciden o inciden. No esta inspirado en la doctrina de los partidos políticos (si es que la tienen); menos en la ciencia del Derecho, la Economía o alguna otra ciencia que debiera orientar y decidir el debate de esos asuntos públicos para que sus decisiones sean por lo menos razonables u orientadas siquiera por el sentido común. Sólo depende de sus amores y desafectos, entre unos y otros.

Dicen que como ejemplo basta un botón: a partir de los cabildos y el pedido de amnistía para los perseguidos políticos, que efectivamente existen pues su juzgamiento obedece a intereses sino venganzas partidarias que se sobreponen y superan abiertamente lo jurídico con la complicidad de juristas del horror absolutamente pervertidos por el poder, se ha suscitado un debate sobre la constitucionalidad y convencionalidad de amnistiar a los presos y perseguidos políticos.

Empero, los argumentos (si es que así se los puede calificar, estirando como chicle lo favorable) de unos y otros, prueban más allá de toda duda razonable que lo único que les interesa es apoyar u oponerse según la postura partidaria previamente determinada u ordenada, sin importar realmente el estado del arte de la ciencia del Derecho en la materia, que insisto, debiera determinar su postura.

Si le conviene a mis amigos del partido o de la corriente afín, apoyan y si no es así, se oponen, sólo en función de considerar quienes son sus buenos o malos muchachos. Las razones jurídicas sobran, ya que al tratarse de un instituto de tal naturaleza, el elemental sentido común aconseja abordarlo desde cómo está su estado del arte, independiente de mis amigos o enemigos, afectos o desafectos u otras causas aún peores.

Reiterando que es evidente la existencia de presos y perseguidos políticos ante la indigna complicidad del sistema de administración de justicia del país que, debiera cumplir su elemental rol de tercero imparcial encargado de poner límites a esos delirios totalitarios de la clase política (de todos los colores, que quede claro, por si acaso…); me remito en ese rubro a la CPE: las amnistías o indultos están previstos por la misma (art. 172.14) como una facultad presidencial sujeta a la aprobación de la Asamblea Legislativa y ha sido utilizada sistemáticamente durante los últimos años por todos los Presidentes empezando por Banzer (2000); Carlos D. Mesa (2003), luego Evo Morales (2012; 2013; 2014, 2015; 2016 y 2020) y hasta Janine Añez (2021). Es decir, todos los Presidentes con sus partidos respectivos, usaron esa figura prevista constitucionalmente, aunque como he venido sosteniendo en mis escritos, resulta sumamente discutible a la luz de la separación de poderes, puesto que el Presidente por decreto borra con su mano lo que durante aaaaños tramitó el Judicial y, lo que es peor, sin oír previamente a las víctimas de esos casos, menos defenderse.

Desde lo convencional la situación es aún más clara. A partir del famoso caso Gelman Vs Uruguay por la amnistía declarada en favor de los militares por el Congreso uruguayo, la CORTE IDH ha dejado vinculantemente resuelto para los agentes estatales de los países parte -Bolivia, incluida- que las leyes de amnistías afectan el deber internacional del estado de investigar y sancionar las graves violaciones de DDHH al impedir que los familiares de las víctimas sean oídos por un juez, por lo que ha declarado reiteradamente la incompatibilidad de las leyes de amnistía con las obligaciones convencionales de los Estados cuando se trata de esas violaciones a DDHH. Ej: habrá pronto novedades desde la COMISION IDH sobre la Masacre de La Calancha…

No obstante esas normas y la jurisprudencia internacional que es vinculante para los agentes internos incluyendo los bolivianos, la mediocre disputa partidaria omite, no se si por ignorancia, conveniencia o ambas cosas, esos tópicos de alta relevancia que si nos conducimos por la ciencia y no por nuestros amores y desamores, debieran hasta por elemental sentido común gravitar significativamente en el debate político y peor, las decisiones públicas que afectan a la ciudadanía.  Y así nos va…“COMPRENDER NO IMPIDE JUZGAR, JUZGAR NO IMPIDE COMPRENDER.” Edgar MORIN

*La opinión expresada en este artículo es responsabilidad exclusiva del autor y no representa necesariamente la posición oficial de Publico.bo


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