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Más sabe el diablo por viejo

Eric Cícero Landívar Mosiño

Abogado y Politólogo. Magister en Derecho Constitucional y Autonomías. Experto en materia electoral

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En un evento organizado años atrás por la Fundación Nueva Democracia, tuve la oportunidad de escuchar una exposición del extinto politólogo boliviano Jorge Lazarte, quien realizando un análisis sobre la situación de la justicia en Bolivia, expresó una idea que se me quedó grabada en la memoria. Lazarte decía (palabras más palabras menos) que los altos cargos de los principales Tribunales del país estaban siendo utilizados por personas para “empezar” o impulsar sus carreras profesionales, cuando en realidad este tipo de cargos, por la importancia que poseen, deberían estar destinados para profesionales que se encuentren en la cúspide de sus carreras o, preferentemente, para culminar una larga y reconocida trayectoria profesional.

En el último tiempo, se ha promovido la participación de los jóvenes en los asuntos públicos, lo cual es destacable. Ya no se dice que los jóvenes son el futuro sino el presente, con justa razón. La juventud, al igual que otros grupos sociales, reclama por ser tomada en cuenta para asuntos de relevancia e interés general. Pero debemos entender que el tema del manejo de la administración de la justicia requiere de conocimientos especializados. No se trata de acumular diplomas y títulos, sino de tener la experiencia y experticia que únicamente una reconocida y prolongada trayectoria profesional te la da.

La Constitución Política del Estado establece actualmente que para ocupar el cargo de magistrado del Tribunal Supremo de Justicia se requiere tener solamente treinta años de edad y haber desempeñado ocho años la función judicial, la profesión de abogado o la cátedra universitaria. Alguien podrá decir que este rango de edad y la corta experiencia que se exige permiten darles oportunidades a jóvenes profesionales para ocupar estos importantes cargos. Pero debemos darnos cuenta de que nos estamos refiriendo al máximo tribunal de justicia de nuestro país.

Algo similar pasa con el Tribunal Constitucional Plurinacional, entidad encargada de hacer respetar la constitución como norma suprema y los derechos consagrados en ella. En este caso, se aumenta la edad a treinta y cinco años de edad y tener especialización o experiencia acreditada de por lo menos ocho años en las disciplinas de Derecho Constitucional, Administrativo o Derechos Humanos. Nuevamente surge la interrogante sobre si este rango de edad y los años de experiencia exigidos son suficientes para garantizar que quienes vayan a ejercer la función de “guardián de la constitución” tengan la experticia necesaria para asegurar un correcto ejercicio de esta importantísima tarea.

Los magistrados del TSJ y del TCP, tienen la responsabilidad de sostener la vigencia del Estado de Derecho, en donde existe el respeto a la primacía de la ley y la igualdad de todos los ciudadanos ante la ley. Por tal motivo, se deben establecer los mecanismos necesarios para garantizar que quienes ocupen estos cargos sean personas verdaderamente idóneas. No podemos darnos el lujo de que el populismo y el oportunismo penetren también la esfera judicial, puesto que es la principal garantía para mantener el equilibrio y la independencia de poderes.

El proponer que en una futura reforma constitucional se eleve el rango de edad y los años de experiencia para ser magistrado del TSJ o del TCP, puede ser tildado por algunos como prejuicioso. Pero ante el evidente fracaso del actual sistema judicial, considero necesario plantearnos este tipo de cuestionamientos y analizarlos concienzudamente.

De seguro que una medida de esta naturaleza reducirá el número de postulantes, aún más si tomamos en cuenta que Bolivia cuenta con una población mayoritariamente joven. Pero al mismo tiempo esto permitiría también un mejor filtro de selección.

Aunque tal vez no sea la mejor forma de ejemplificarlo, para determinar la edad adecuada que se debe tener para ocupar los altos cargos judiciales del país podríamos aplicar el conocido adagio: “más sabe el diablo por viejo, que por diablo”.

*La opinión expresada en este artículo es responsabilidad exclusiva del autor y no representa necesariamente la posición oficial de Publico.bo


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Eric Cícero Landívar Mosiño

Abogado y Politólogo. Magister en Derecho Constitucional y Autonomías. Experto en materia electoral

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