Escucha la noticia
La lucha contra la Legitimación de Ganancias Ilícitas, Financiamiento al Terrorismo y Financiamiento de la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva o no Convencionales del MAS, busca convertir al gobierno nacional (y solo al nacional) en legislador, policía, juez, e informante. La idea es concentrar y controlar todo aquello que suponga actividad ilícita pero al margen del poder judicial o lo que queda de él, fiscalía, etc.
El proyectado “Consejo Nacional de Lucha Contra la Legitimación de Ganancias Ilícitas, Financiamiento al Terrorismo…” era “la instancia máxima de coordinación y representación del Estado, para la formulación, aprobación, seguimiento y evaluación de políticas y estrategias de prevención y represión; así como el ejercicio de las competencias, responsabilidades y atribuciones en el marco de la presente ley”.
La instancia máxima ─El CONAL─ estaba conformada por: Ministerio de Economía y Finanzas Públicas; Ministerio de Gobierno; Ministerio de Defensa; Ministerio de Justicia y Transparencia Institucional; Procuraduría General del Estado; Fiscalía General del Estado; y Ministerio de Relaciones Exteriores. La Presidencia del CONAL recae en la Ministra o Ministro de Economía y Finanzas Públicas, quien convocará a las sesiones del Plenario y las presidirá.
La configuración inconstitucional del CONAL, vulnera el artículo 12 de la Constitución cuando establece que el Estado se organiza y estructura su poder público a través de los órganos legislativo, ejecutivo, judicial y electoral. La organización del Estado está fundamentada en la independencia, separación, coordinación y cooperación de estos órganos, cuyas funciones de esos órganos públicos no pueden ser reunidas en un solo órgano ni son delegables entre sí.
Al margen de esta abusiva concentración del poder en el ejecutivo, la Unidad de Investigaciones Financieras se constituye en la Secretaria Técnica del CONAL, encargada de prestar apoyo técnico al Plenario, además de coordinar o gestionar el desarrollo y cumplimiento de las decisiones y tareas encomendadas por dicha instancia. Entre las atribuciones de la UIF figura “emitir normativa regulatoria administrativa”, determinar líneas de acción para prevenir, detectar y reportar operaciones ilícitas, así como realizar actividades de inteligencia y análisis financiero y/o patrimonial, para identificar y seguir el rastro de bienes, redes y operaciones sospechosas presuntamente vinculadas a los delitos de Legitimación de Ganancias Ilícitas y Financiamiento del Terrorismo, entre otras. Y denunciará, ante la autoridad competente, el incumplimiento de la presente Ley o de su normativa reglamentaria; podrá participar e intervenir como coadyuvante dentro de procesos penales, acción y/o recurso que franqueé la Ley.
La UIF no sólo puede dictar normas administrativas, investigar, detectar y realizar cuantas diligencias considere conveniente, sino también define al “sujeto obligado” (a proporcionar información) como “toda persona natural o jurídica, pública o privada, del sistema financiero nacional, mercado de valores, seguros, pensiones, notarios de fe pública, abogado, contadores, juegos de azar o casinos, actividades comerciales, registro de comercio, control físico transfronterizo de divisas y otros que la UIF mediante resolución administrativa incluya en el ámbito de su regulación”.
El gobierno tenía proyectado un régimen administrativo sancionador, mediante resolución administrativa interna, y definía tres tipos de infracciones: leves, graves, y muy grave. Entre las sanciones figuraban desde amonestaciones, multas, prohibición temporal para realizar actividades, hasta suspensión temporal, inhabilitación de sus directores, gerentes u otros funcionarios dependientes del sujeto obligado; destitución, previo proceso administrativo, y la revocatoria de licencias o autorizaciones de funcionamiento.
Con las amplísimas facultades legislativas, administrativas, y sancionadoras conferidas al gobierno, la UIF no sólo se convertirá en la temible “policía secreta” del gobierno, encargada de combatir la supuesta delincuencia económica, sino también de perseguir y procesar a los ciudadanos que piensen distinto, reclamen sus derechos, protesten en las calles, exijan reivindicaciones, etc. La lucha contra las ganancias ilícitas del gobierno (que continuará por diferentes caminos), erosiona los clásicos principios del derecho penal y, por cierto, el ciudadano terminará mucho más indefenso, máxime cuando el sistema judicial se encuentra al servicio del poder político.
*La opinión expresada en este artículo es responsabilidad exclusiva del autor y no representa necesariamente la posición oficial de Publico.bo