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El Gobierno del Poder Judicial

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El Consejo de la Judicatura, creado con la reforma constitucional boliviana de 1994, desafortunadamente no ha logrado el fortalecimiento institucional, ni ha resuelto el “cerco económico”, ni la cualificación y jerarquización de los recursos humanos. La Constitución de 2009 ha recortado sus tradicionales atribuciones al simple manejo del régimen disciplinario del Órgano judicial (art. 193). El despojo de la potestad administrativa ha supuesto un verdadero retroceso histórico porque el control administrativo y económico ha vuelto implícitamente al gobierno nacional. Lo correcto era mantener en el presupuesto general de la nación la partida fija del 3% del total de la torta, como se había establecido en el decreto Ley 07180 de 23 de mayo de 1965, y posteriormente en la LOJ de 18 de febrero de 1993.

El fraccionamiento y división interna de la cúpula del poder judicial entre el Tribunal Supremo de Justicia, el Consejo de la Magistratura, y la Dirección Administrativa y Financiera, figura como uno de los principales problemas institucionales que ha torpedeado la toma de decisiones unificadas y el establecimiento de políticas judiciales claras que permitan su fortalecimiento e independencia. Que la Dirección Administrativa y Financiera sea, desde 2009-2010 una entidad desconcentrada, con personalidad jurídica propia, autonomía técnica, económica y financiera y patrimonio propio, ha debilitado y minado la autonomía económica e independencia institucional (art. 195.3 CPE, y art. 226 y ss. LOJ).

La configuración del Gobierno del Poder Judicial, en sustitución del Consejo de la Magistratura, permitirá no solo diseñar y unificar las políticas judiciales e institucionales, sino también garantizar la independencia institucional. Esta institución debe ejercer las funciones que permitan garantizar sus objetivos, así como la manera en que se toma el control de su propia estructura y cómo se asegura de proveer al cumplimiento de las funciones jurisdiccionales.

El referido Gobierno Judicial debe estar conformado por siete (7) miembros en total: dos magistrados del Tribunal Supremo de Justicia; dos consejeros de la Magistratura; dos delegados del sistema universitario; y a la cabeza debe estar el presidente del Tribunal Supremo de Justicia. Esta entidad debe ser no solo la encargada del manejo “administrativo y disciplinario del poder judicial”, sino también de elaborar las ternas para que la Asamblea Legislativa Plurinacional designe a las principales autoridades judiciales por el voto de dos tercios (2/3) de los legisladores presentes, como estaba previsto en la Constitución de 1994. En este proceso debe privilegiarse (siempre y en todo caso) la meritocracia, la formación académica y la producción intelectual de los postulantes. La selección tiene que ser transparente y no discriminatoria, donde participe la sociedad civil organizada, como las naciones y pueblos indígena originario campesino, las universidades públicas y privadas, los colegios de abogados, las federaciones de profesionales, las academias, etc.

Y como ha advertido la Relatora Especial de la Organización de las Naciones Unidas, Margaret Satterthwaite, la selección y el nombramiento de jueces y magistrados debe llevarse a cabo mediante procesos transparentes e imparciales, basados en criterios objetivos y lo suficientemente abiertos al escrutinio como para disuadir la arbitrariedad y las injerencias indebidas y mantener la confianza de la ciudadanía. En este proceso debe participar la sociedad civil organizada, como las naciones y pueblos indígena originario campesino, las universidades públicas y privadas, los colegios de abogados, las federaciones de profesionales, las academias, etc.

La independencia institucional constituye un prerrequisito para reivindicar la imparcialidad del Órgano judicial. Este fortalecimiento exige carrera judicial, evaluaciones periódicas y rigurosas, con pares extranjeros, capacitación permanente y actualizada a los operadores. También debe incorporar la inteligencia artificial, aumentar el número de jueces, infraestructura, combatir la corrupción, el descrédito, la retardación como herramientas para recuperar y salir del colapso en que se encuentra el Órgano judicial.

El Gobierno del Poder Judicial tiene que resolver (con urgencia) la crisis político-institucional, garantizar la autonomía económica, combatir la corrupción generalizada, la retardación de justicia, la pérdida de confianza y credibilidad, imponer la oralidad en todos los procesos, capacitación permanente y selección de los mejores profesionales. Tiene igualmente que cambiar los viejos paradigmas judiciales para comenzar una verdadera reforma estructural y tener, a mediano y largo plazo, un sistema judicial independiente, competente, confiable e imparcial.

*La opinión expresada en este artículo es responsabilidad exclusiva del autor y no representa necesariamente la posición oficial de Publico.bo


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