OpiniónPolítica

La dependencia a los censos

Eric Cícero Landívar Mosiño

Abogado y Politólogo. Magister en Derecho Constitucional y Autonomías. Experto en materia electoral

Escucha la noticia

En la actual discusión por la realización del censo nacional de población y vivienda, que debía realizarse en el presente año, mucho se ha hablado de “cumplir con la constitución”; pero en realidad la constitución menciona al censo solamente para la distribución de escaños de diputados por departamentos, debido a que la misma establece un número fijo de 130 diputados. Por tanto, al ser una representación poblacional es necesaria que ésta coincida con el número de habitantes por departamento.

Es evidente que la actual lucha por el censo está más avocada a la necesidad de recibir mayores recursos económicos para atender las necesidades de la población, lo cual es justo y necesario. Poco se habla, en comparación a otras oportunidades, de aumentar la representación política en algunos departamentos, debido a que lamentablemente dicha representación ha sido de muy mala calidad en el último tiempo. Por tal motivo, para el grueso de la ciudadanía este tema le resulta indiferente, más allá de que es el que realmente se encuentra contemplado en la constitución.

La urgencia de percibir los ingresos que le corresponden a cada municipio o región es algo que puede y debe repercutir en resultados tangibles, ya sean mejores servicios públicos o más obras. Sin embargo, la dependencia a que exista un censo para que esto suceda no está fijado en la Constitución Política del Estado sino principalmente en la Ley Marco de Autonomías y Descentralización, que en sus disposiciones transitorias ratificó un modelo de distribución de la coparticipación tributaria que se encuentra vigente desde hace más de 25 años.

Este modelo de distribución debió discutirse y modificarse, por mandato de la misma ley, seis meses después de conocidos los resultados del censo del 2012; pero ya han pasado 10 años, estamos frente a un nuevo censo y el modelo de distribución se mantiene intacto.

No es la primera vez que la realización de un censo se retrasa. El censo del 2001 debió realizarse el año 2000, y el censo del 2012 debió realizarse inicialmente el año 2010 (año terminado en cero, como señalaba la norma) o técnicamente el año 2011 para cumplir con los diez años desde la realización del último censo (como recomiendan organismos internacionales); hoy en día, buscan nuevamente retrasarlo dos años más. Por tal motivo, es necesario dejar de depender de la realización de los censos.

Que no se entienda mal. Por supuesto que un país serio debe realizar censos nacionales para conocer aspectos reales y concretos dentro de su territorio, que le permita desarrollar una planificación responsable. Además, pese al desinterés ciudadano, se debe cumplir con el mandato constitucional de la redistribución de los escaños de los diputados.

Pero no existe la necesidad, por lo menos desde la constitución, de vincular la distribución de los recursos públicos a la realización o no de un censo. Es plenamente factible revisar el modelo para incorporar otros factores que permitan una actualización periódica y oportuna de los ingresos de las entidades públicas, como por ejemplo la aplicación de datos oficiales intercensales. Incluso, se podrían añadir otros criterios además del poblacional como ser incentivos a la eficiencia administrativa y por los resultados obtenidos en la utilización de los recursos públicos. De esa manera, se lograría también generar algún equilibrio en las desigualdades que se producen por la migración interna.

Un debate de esta magnitud sin duda alguna resultaría más complejo que la discusión de realizar un censo o retrasarlo. Pero es necesario realizarlo no solamente para corregir la dependencia a los censos para la redistribución de recursos, sino también para corregir otras deficiencias que tiene nuestra administración pública, sobre todo en cuanto al régimen económico y financiero.

Como señalamos anteriormente, la misma Ley Marco de Autonomías y Descentralización nos  señala cuál es ese espacio de debate: el Pacto Fiscal.

*La opinión expresada en este artículo es responsabilidad exclusiva del autor y no representa necesariamente la posición oficial de Publico.bo


Cuentanos si te gustó la nota

100% LikesVS
0% Dislikes

Eric Cícero Landívar Mosiño

Abogado y Politólogo. Magister en Derecho Constitucional y Autonomías. Experto en materia electoral

Publicaciones relacionadas

Abrir chat
¿Quieres unirte al grupo de Whatsapp?
Hola 👋
Te invitamos a unirte a nuestro grupo de Whatsapp