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ECOS DE LA SCP 060/2023

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Luego de la SCP 060/2023 de 31 de julio de 2023 que jaló de las orejas a los Asambleístas declarando inconstitucional su reglamento elaborado para las nuevas elecciones judiciales, de taquito (por conexitud) su Ley Transitoria No. 1513 y les exhortó cumplir con sus funciones y atribuciones constitucionales -!!auch!!!- para contribuir a generar condiciones que garanticen la preselección de los candidatos a esas elecciones; nuevamente, la clase política en esa Asamblea Legislativa se agarró de las mechas, haciendo exactamente lo contrario a lo dispuesto y exhortado. Otro aplazo del legislativo, a cuyos miembros les pegamos desde el soberano para que hagan su trabajo y no se dediquen al pugilato, la demagogia u otras mediocridades. Sé que no es fácil y otra cosa es con guitarra, pero…

Al momento, no parece vislumbrarse luz al final del túnel y la incertidumbre sobre esas elecciones que nos gusten o no, están vigentes por estar previstas por la CPE como el único mecanismo para designación de los altos cargos del sistema de justicia, se acrecienta día que pasa y está en ciernes un probable vacío de esas funciones para enero entrante.

Paralelamente, surgen posturas – a título de salvación o algo parecido- que proponen como remedio o temor, el temible decretazo, ley corta o algún otro engendro similar, para que sea a través del legislativo y ejecutivo o sólo este último (aunque el MinJusticia ya lo ha descartado), se le meta no más ampliando las funciones de esos altos cargos pese a que cesarán indefectiblemente por orden del art. 183.I de la CPE al vencimiento de sus 6 años, sin lugar a reelección. El Constituyente dixit. O no se si algo peor, se nombre a dedo a otros, provisorios, transitorios o como sean bautizados, perpetuando en la práctica aquella nociva situación de inseguridad que la padecen Jueces y recientemente Vocales. Todo un canto a la falta de independencia judicial.

En una anterior opinión, “MASistrados por decreto o ley corta? https://www.noticiasfides.com/opinion/masistrados-por-decreto-o-ley-corta, ya desgrané mi postura al respecto, resaltando que esa tesis resulta expresamente prohibida por la CPE (ver sus arts. 12.III y 140). Ahora, a la vista de esos rumores y temores, escojo opinar sobre sus probables efectos.

Suponiendo que siguiendo la “doctrina Morales” para meterle no más por encima de la Constitución, sea el ejecutivo por decretazo presidencial o DS o el legislativo por ley corta, mediana o lo que se inventen; el estado se estaría simple y llanamente baleando a sus pies. Explico:

La propia Constitución -disculpen mi crónica ingenuidad constitucional- castiga taxativamente con nulidad, los actos de quienes: “…usurpen funciones que no les competen, así como los actos de las que ejercen jurisdicción o potestad que no emane de la ley”. En el supuesto y por mucha ley corta o decretazo que se pretenda exhibir a título de justificación o burdo respaldo, es elemental que estando la CPE por encima de esos engendros, cualquiera entenderá que lo que resolverían esos funcionarios, caerían bajo sanción de nulidad y, no servirán para absolutamente nada. El remedio fuera peor que la enfermedad, entonces.

Pero como aquí adentro todo se puede, probablemente no faltaría alguno de ellos que declararía que todos sus actos fueran impolutos. Lo que fuera muy poco probable que eso sobreviva en algún Tribunal Internacional. Por ejemplo, la CORTE IDH tiene una sostenida línea pacífica sobre el Juez natural, que es el competente y pre determinado por la ley. En el caso, esos altos cargos así nombrados no podrían ni por aproximación superar ese elemental estándar y, a mediano plazo, sus actos y sus perpetradores y encubridores como agentes estatales, fueran objeto de responsabilidad internacional. Otra vez, no solo baleada, sino misileada a nuestros pies.

Así el estado del arte, urge pues que aunque ese sistema de elección popular ha sido un demostrable fracaso (“derecho humano a la relección”, desaparición de sentencias, audios, etc), la Asamblea Legislativa cumpla con su trabajo, hasta tan diplomáticamente exhortado por el TCP; pues de seguir incumpliendo sus deberes fracasando en su principal función que radica en construir acuerdos potables para el funcionamiento del estado -al que muchos idolatran, desproporcionadamente- están cocinando el caldo de cultivo para peores escenarios que acechan al sistema de justicia y al ciudadano. Aunque aproximadamente dos docenas de altos cargos per se no cambiarán el actual desastre, aquellas “soluciones” podrían empeorarlo aún más. Ojalá, no prueban otra vez más, aquello de Jaume PERICH: “Un político es el tipo que tiene soluciones cuando está en la oposición y problemas cuando está en el gobierno”.

*La opinión expresada en este artículo es responsabilidad exclusiva del autor y no representa necesariamente la posición oficial de Publico.bo


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