OpiniónPolítica

No necesitan promulgar leyes

Maria Victoria Rosales Pelleschi

Abogada, Magíster en Análisis Económico del derecho, especialista en global compliance, smart cities y comercio electrónico.

Escucha la noticia

La nueva ley de prevención de lavado de activos ha traído muchas opiniones. Lo cierto es que el país estuvo a punto de convulsionar tal como lo ha hecho varias veces con los decretos supremos relacionados a la gasolina. Al igual que sucede con el combustible, este tema, nos involucra a todos. Sectores sociales, religiones y demás manifestándose en contra de la ley.

Pero ¿cuál es la realidad? ¿es necesaria esta ley? ¿qué hay detrás de ella?

Días atrás estuve conversando con una persona muy cercana a mi (a quien además quiero mucho) con la que estamos muy distanciados políticamente hablando. Este joven manifestaba su total apoyo a una ley con estas características: “frenar” el narcotráfico, “controlar” el origen de las ganancias, “fiscalizar” los movimientos financieros y demás. Hasta ahí todo muy lindo e idealista. 

No es algo desconocido que casi todos los países del mundo han implementado dentro de sus sistemas jurídicos la responsabilidad penal de sociedades, la prevención de lavado de activos y demás. Todo este compilado de leyes es lo que ha llevado a las empresas a nivel mundial a adoptar programas de prevención de riesgos “compliance”. De acuerdo a World Compliance Association es “El Corporate Compliance es un conjunto de procedimientos y buenas prácticas adoptados por las organizaciones para identificar y clasificar los riesgos operativos y legales a los que se enfrentan y establecer mecanismos internos de prevención, gestión, control y reacción frente a los mismos.” . Es decir, la finalidad de la implementación de este tipo de estrategias por parte de las sociedades, es blindar al empresario ante la fiscalización estatal. En países europeos o norteamericanos, desde hace por lo menos veinte años atrás ya se viene intentando prevenir el ingreso de dinero proveniente de delitos al sistema financiero. Es por eso que, por ejemplo, España tiene varios delitos relacionados, pero a su vez, también ha establecido atenuantes que se aplican de acuerdo a la diligencia del empresario en su administración interna. Por ejemplo: si es que se encontrara algún tipo de infracción y el Estado u otra empresa da la señal de alarma, el empresario muestra su planificación compliance y la pena es disminuida o extinta. Suena como el paraíso.

El Movimiento al Socialismo no se ha “inventado” este tipo de normativa. Ya existe hace mucho. Sin embargo, la población no puede evitar estar asustada ya que conoce la intención que va por atrás.

No importa la categoría de la normativa, el objetivo que tiene este tipo de movimiento de creación legislativa es la persecución. Si tienes un dólar de más de lo que ellos consideran “debido”, entonces te controlan. Si tienes un empleado más de lo que ellos consideran “Justo” entonces, fiscalización inmediata.

Sin embargo, algo que estamos pasando por alto es que realmente este tipo de movimiento no necesita respaldarse en una ley. Este tipo de gobierno puede catapultar este tipo de intención a través de un decreto supremo o un formulario en notaria, por ejemplo.

¿Entonces? El problema es la falta de separación de poderes que trae a su vez la ausencia de seguridad jurídica. 

La separación de poderes es un concepto básico para que un país sea considerado “democrático”. Es así que, de acuerdo al Diccionario Panhispánico del español jurídico, la separación de poderes es un “Principio tradicional en las constituciones liberales que aboga por la división e independencia de poderes, de tal forma que las funciones propias del Estado, como manifestaciones de la soberanía, sean desarrolladas por distintos órganos.” . Lo que propone este principio es que para que un Estado se maneje de correcta manera, el órgano ejecutivo, electoral, judicial y legislativo deben funcionar como separados. Es ahí donde aparece la teoría de los frenos y contrapesos que promulga que, en virtud cada órgano ejerza su función, será el freno o el control del que tiene al lado. Si esto funcionara y se aplicara de la correcta manera, entonces el órgano ejecutivo no tendría potestad de hacer mucho ni de coaccionar a los demás órganos para que funcionen como ellos quieren. 

Ahora, vámonos un paso más allá. Cuando estos dos principios anteriormente mencionados funcionan, aparece la anhelada seguridad jurídica. Esto puede ser resumido a que todos los jugadores tengamos las mismas reglas y trato. Eso conlleva a que un ciudadano valga lo mismo que el otro, que esté obligado a la ley como la persona de su lado y que tanto civiles como miembros del órgano estatal, se vean obligados a actuar conforme la ley o tengan, por la consecuencia negativa de sus actos, una pena. Todos por igual. Reglas claras.

El tema aparece cuando el juez actúa también como parte y va cambiando las reglas a su propia conveniencia. Esto tiene una incidencia negativa no solo en el relacionamiento entre ciudadanos sino también un conflicto entre el país y otros donde sí se cumplan dichos principios. Aún peor cuando los que quieren perseguir por lavado de activos son quienes cometen este delito a diario. Jueces y parte. 

Ahora volvamos al punto. La normativa que se buscó promulgar es sencillamente una copia (más extrema y anticonstitucional) de la legislación ya existente en el resto del mundo. Pero esto es más grande aun cuando nos damos cuenta que la intención para promulgar la misma es atormentar, perseguir y castigar a los que no actúen o piensen como el órgano controlador. Y no solo eso, sino que no habiendo podido promulgarla, se servirán de estrategias de las que tienen total control, para lograr el mismo cometido. Nada cambia, no existe la ley solo sus consecuencias.  Y ahora ¿cómo nos defendemos?…


1World Compliance Association https://www.worldcomplianceassociation.com/que-es-compliance.php
2Diccionario Jurídico Panhispánico: https://dpej.rae.es/lema/separaci%C3%B3n-de-poderes

*La opinión expresada en este artículo es responsabilidad exclusiva del autor y no representa necesariamente la posición oficial de Publico.bo

 


Cuentanos si te gustó la nota

100% LikesVS
0% Dislikes

Maria Victoria Rosales Pelleschi

Abogada, Magíster en Análisis Económico del derecho, especialista en global compliance, smart cities y comercio electrónico.

Publicaciones relacionadas

Abrir chat
¿Quieres unirte al grupo de Whatsapp?
Hola 👋
Te invitamos a unirte a nuestro grupo de Whatsapp